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El trabajo del Comité Científico estará orientado a la mejora continua de los aspectos científico-técnicos así como a promover la calidad científica y técnica. |
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A solicitud de los investigadores, proporcionar asesoramiento en la planeación, presentación y ejecución de los proyectos, así como la integración de los informes técnicos de investigación. |
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Revisar y corroborar que los proyectos propuestos e informes técnicos finales cumplan con los requisitos de presentación que establece la reglamentación vigente para la presentación de Proyectos e Informes Técnicos de Investigación en Salud. |
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Proponer al investigador principal modificaciones y adiciones al proyecto o a los informes técnicos de investigación, cuando sea necesario. |
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Solicitar la opinión de expertos en los casos en que la Investigación lo amerite, quedando dicha opinión por escrito. |
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Evaluar las investigaciones propuestas, y emitir por escrito las opiniones correspondientes en un lapso no mayor de 20 días hábiles |
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Vigilar la aplicación de las disposiciones reglamentarias y normativas en materia de Investigación. |
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Asegurar de acuerdo con el investigador principal, y la normativa vigente, que se mantenga la confidencialidad sobre la información de investigaciones cuyos resultados son susceptibles de patente o desarrollo comercial. |
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